¡Una buena noticia para la mediación! PWC y Santa Lucía con la mediación como forma de resolución pacífica de conflictos.
Hoy se ha conocido la noticia de la firma del convenio entre Santa Lucía y PWC para realizar mediaciones, que se desarrollarán casi en su totalidad online. Supone una apuesta importante que la compañía de seguros realiza, adelantándose a muchas empresas que miran con recelo este sistema de resolución de conflictos.
La mayoría de las mediaciones se realizarán online. PWC ha desarrollado un sistema dinámico que acerca a la compañía Santa Lucía y a los clientes. Facilita trámites y pretende dar una solución de calidad en el menor tiempo posible. El sistema es muy sencillo e intuitivo con aplicación de nuevas tecnologías.
Resulta sorprendente que la mediación no sea utilizada como una alternativa eficaz para resolver los problemas que surgen en el ámbito empresarial. Hay dos elementos importantes, el tiempo y los costes, que han de ser tenidos en cuenta cuando surgen divergencias en las relaciones comerciales. En contraposición con otros métodos de resolución de conflictos (arbitraje o procedimiento judicial), en la mediación se acorta el tiempo de solución. Por otro lado, el ahorro que supone es considerable (tasas, costas, honorarios de los árbitros…). Las empresas pueden encontrar en este método flexibilidad y confidencialidad, que es lo que ha convencido finalmente a Santa Lucía para utilizar este método. El mediador facilita la comunicación y permite con su intervención que las partes superen los obstáculos que nacen de una mala comunicación que lleva a veces a un callejón sin salida. Contribuye a superar el conflicto y ayuda a mirar al futuro, a pensar en nuevos proyectos.
Pero lo más relevante, a mi juicio, es que en el ámbito comercial, societario, patrimonial, seguros, etc. la mediación es necesaria, ya que favorece un mínimo desgaste para los intervinientes y permite conservar las relaciones comerciales. No hay que olvidar que es habitual que estas relaciones comerciales tengan cierta complejidad, porque además de las vinculaciones personales subyacentes (socios, clientes, proveedores, acreedores, deudores…) existen intereses comerciales, cuotas de mercado, lucha por supervivencia y mantenimiento de las empresas, enfrentamientos entre los socios, etc. Todo este entramado complejo, que en un procedimiento judicial queda al margen, unido a la confidencialidad, que permite mantener el secreto de lo tratado en la mediación (no solo a la competencia sino también a otros clientes de la empresa) hacen de la mediación un arma esencial para las empresas sea cual sea el sector al que pertenezcan, en este caso Santa Lucía en el campo de los seguros.
Iremos comentando los resultados, que seguro serán muy beneficiosos para los clientes y la compañía de seguros. ¡Nuestra más sincera enhorabuena a Santa Lucía!
De momento podéis consultar otros detalles del acuerdo pinchando aquí.
Carmen Iborra Grau (11-06-2015) «¿Hacemos las paces?»