Antes de hablar de las ventajas y desventajas, creo que habría que aclarar que no debería ser o blanco o negro, es decir, como en casi todo, lo adecuado se encuentra en el término medio.
En mi opinión la mediación electrónica es una herramienta muy útil aunque lo ideal sería combinarla con sesiones presenciales siempre que se pueda.
Cierto es que en temas relativos exclusivamente a desacuerdos en cantidades, sobre todo cuando hablamos de importes pequeños, no parece necesaria la presencia física de las partes. Pero en cualquier caso, creo que siempre sería interesante para mejorar la relación de las partes, aún cuando se trate de una empresa con particular.
En el caso de transacciones por internet, que es donde más habitualmente se usa este método, entiendo que la no necesidad de acudir físicamente a la mediación facilita mucho el proceso, que quizá de otra forma no se llevaría a cabo.
Aunque tengo poca experiencia en este campo, sí he conocido varios programas que desarrollan la mediación electrónica y me han parecido bastante adecuados. Me pareció muy interesante uno, del que no recuerdo el nombre, que retenía los mensajes de las partes 24 horas antes de enviarlo, y pedía confirmación de que no querías modificarlo antes del envío definitivo a la otra parte. Lo más curioso de esto es que en más del 80% de los casos, se hacía alguna modificación antes del envío definitivo. Esto por ejemplo supone una gran ventaja frente a la mediación presencial. Cada exposición, sugerencia, propuesta etc puedes hacerla con tiempo de sobra para analizar cada palabra, lo que quieres decir y cómo. Mientras que en el caso de una mediación presencial no hay tiempo apra pensar en pros y contras, reformular, cambiar de opinión etc.
Otra ventaja clara de la mediación electrónica es la no necesidad de coincidir en el espacio y el tiempo ambas partes. Es evidente que cuando las partes son de países distintos, no sería factible llevar a cabo una mediación presencial, máxime cuando hablamos de importes pequeños.
Si nos centramos ahora en las desventajas de este tipo de mediación, en mi opinión se centran especialmente en la ausencia de sesiones presenciales, ya que de ellas podemos sacar mucha información, por ejemplo con el lenguaje no verbal, el contacto visual etc. Esto puede paliarse en cierta medida a través de conferencias etc en las que sí podemos ver a nuestro interlocutor, aunque no creo que de la misma forma y calidad que cuando es presencial.
También las sesiones presenciales, a mi entender favorecen la confianza y facilitan la mejora de las relaciones entre las partes.
Otro riesgo de las mediaciones electrónicas es el tema de la seguridad de los medios electrónicos en cuanto a confidencialidad, aunque cada una de las entidades que desarrolla estas mediaciones ha desarrollado programas muy eficaces en este sentido. No parece que resulte complicado ofrecer un grado de confidencialidad adecuado.
También se habla en diversos foros de la dificultad del cobro, así como de la firma de contratos y convenios en la mediación electrónica, aunque a mi entender, hoy en día, con las posibilidades que nos ofrecen, creo que estas dificultades no son tales.
En conclusión y en mi opinión, la mediación electrónica tiene como ventajas la rapidez, disminución de costes y la eliminación de las barreras lingüísticas y geográficas; mientras que la principal desventaja es la ausencia de contacto presencial, con todo lo que esto aporta.
Isabel Zarraluqui López